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martes, 29 de marzo de 2016

BLINDAR LAS IDEAS

Tenga en claro los  consejos para hacerlo.

Uno de los principales temores de los emprendedores cuando tienen previsto innovar en un proyecto empresarial es que sus ideas sean robadas por otros para tomarlas como propias.
Lo primero que hay que tener claro es que las ideas a veces no resultan tan fáciles de proteger, porque una persona puede ver que existe una necesidad en el mercado, pero esa misma oportunidad de negocio también pudo haber sido identificada por otro.
Por ello lo más importante es que dicha idea se profundice, se investigue y se destinen todos los esfuerzos para que sea desarrollada.
“La diferencia entre un emprendedor y una persona común es que el primero  es aquel que se atreve.  Esa es la clave “.
Suele suceder que si se trata de una idea realmente innovadora hay que ser “Celosos“  por lo que hasta que no esté madurada no debe compartirse con nadie. “Esa es sin duda la mejor forma de protegerla “; no obstante la mayoría de los proyectos necesitan del empeño de un equipo de trabajo, para lo cual existen mecanismos legales, como acuerdos de confidencialidad, con los que se puede resguardar los dueños de dicho proyecto.
En ocasiones el emprendedor no cuenta con el capital necesario para que su brillante propósito sea puesto en marcha, por lo que tiene que acudir a los denominados “ Angeles inversionistas “ aquellos dedicados a financiar empresas  en etapas tempranas y de desarrollo. Pero OJO  hay que tener cuidado en la confiabilidad en estos. “uno debe mostrar la lata de la  Coca Cola “ pero no contar  cuál es su receta”.  En estos casos se debe dar a conocer lo atractivo que puede llegar a ser su propuesta, cuales son los beneficios de la misma, pero el conocimiento lo debe tener uno.
Para el caso de empresas ya constituidas, a nivel legal en los contratos para trabajadores o para servicios de outsourcing que comprometan diseños, creación literaria o incluso a nivel publicitario, se utilizan algunas clausulas en las que el empleado compromete su autoría en un 100%  y se le agregan algunas cargas si este llegase a incumplir las condiciones.
Además la violación  DERECHOS DE AUTOR está contemplada  en el capítulo 8 del código penal. El articulo 270 contempla penas de dos a cinco años de prisión y una multa de 20 a 1000 salarios mínimos legales mensuales vigentes para quien publique obras de cualquier índole sin autorización.
Por otro lado, cuando se trata de un invento, la sugerencia más importante es registrarlo.
En Colombia la Superintendencia de Industria y Comercio  ( SIC ) es el organismo  encargado de amparar a quienes tengan una nueva creación.
No obstante el ente aclara que las ideas no se protegen sino “ los inventos que consistan en productos, procedimientos, métodos de fabricación, maquinas  o aparatos que se obtengan de ellas”.
TIPS PARA PROTEGER IDEAS DE NEGOCIOS

1.       La mejor manera de innovar es comenzar a desarrollar la idea que se tiene. En adelante cuando ya se tiene una investigación y un producto o servicio desarrollado, se puede acudir a mecanismos de propiedad intelectual y derechos dispuestos en la ley.
2.       Lo importante es ser innovador siempre buscar cómo mejorar el producto o servicio constantemente para, de esta manera liderar el mercado “ Hay empresas que son líderes y otras que son seguidoras . La ida es ser del primer grupo “,
3.       Si ya tiene su Empresa constituida, puede blindarse en materia contractual con documentos en los que los trabajadores se hagan responsables de que sus ideas sean originales, para que la compañía tenga como actuar sin afectarse directamente en  el evento de que se dé un plagio.
4.       Ante la Superindustria el emprendedor puede hacer solicitud de registro como patente, por ejemplo de una maquina o un procedimiento para la obtención de un producto. Esta es la única autoridad en Colombia que regula este tipo de acciones.
5.       Patentar es un privilegio que otorga el estado al inventor para reconocer la inversión y esfuerzos realizados por este en lograr un aporte. “ Dicho privilegio consiste en el derecho a explotar exclusivamente el invento por un tiempo determinado “.
Tomado del periódico  EMPRENDEDORes, Marzo 2016